
Víctor Gómez Pin
Los periódicos siguen llenándose de consideraciones relativas al insólito caso de las personas que vivían recluidas en un sótano, presas de la violencia de una persona que era padre de una de ellas y a la vez padre y abuelo de las restantes.
Es necesario precisar el poco peso relativo en este asunto del hecho que Fritzl fuera el padre biológico de Elisabeth Fritzl. Se que no todo el mundo estará de acuerdo en este asunto. Todo reduccionista de la condición humana a aquello que viene determinado por el orden biológico insistirá que la relación incestuosa es (por razón probabilística) potencialmente dañina para la progenitura. Y desde luego esta variable cuenta…pero cuenta en menor grado. Estamos obligados a que cuente en menor grado; lo contrario equivaldría a tirar por tierra lo que caracteriza a la sociedad humana en relación a las demás sociedades animales, a saber, que la ley prima sobre el orden biológico. Por decirlo llanamente: el caso Fritzl no sería menos tremendo si Elisabeth fuera hija adoptiva, y no biológica, de Joseph.
Corolario inmediato de lo que acabo de sostener es que Fritzl ha de ser juzgado por el grado de infracción a la ley social y en modo alguno por el grado de infracción a la ley biológica. Esto es desde luego una obviedad para cualquier jurista, pero ha de serlo también para todos los demás.
Fritzl no es en absoluto un ser dominado por una pulsión animal irrefrenable que la ley social habría venido a reprimir, de lo cual su decisión de infringirla. Por eso no valen aquí tampoco las metáforas de bestiario y de monstruosidad Conviene precisar que un monstruo es para Aristóteles algo que reúne rasgos entre sí incompatibles (por ejemplo un perro alado) pero también aquello a lo que circunstancias contingentes han impedido la plena actualización de sus potencialidades; así monstruoso sería un ser humano que, criado entre fieras, no llegaría a hablar, adquiriendo en cambio familiaridad con el código de señales propio de la especie que le acogió.