Ficha técnica
Título: Las Constituciones de Bayona (1808) y Cádiz (1812). Dos ocasiones frustradas | Autor: Raúl Morodo | Editorial: Biblioteca Nueva | Colección: Pensamiento | Género: Ensayo | ISBN: 978-84-9940-262-8| Páginas: 208 | Formato: 13,5 x 21 cm.| Encuadernación: Rústica| PVP: 17,00 € | Publicación: Octubre de 2011
Las Constituciones de Bayona (1808) y Cádiz (1812)
La trayectoria biográfica de Raúl Morodo transcurre por tres sendas diferentes -académica, política y diplomática- pero entrelazadas por el mismo compromiso humanista: el de la libertad y la tolerancia en el marco de una sociedad democrática y progresista. Doctor en Derecho por Salamanca, ejerce como abogado en Madrid y es catedrático de Derecho Político en varias universidades estatales españolas, culminando en la Complutense madrileña. Durante la dictadura, será destacado dirigente de la oposición ilegal antifranquista, cofundador con Enrique Tierno Galván del Partido Socialista Popular (PSP) y su secretario general, y conocerá sanciones y detenciones, cárcel en Carabanchel y destierro por tierras manchegas.
PRÓLOGO
Este libro de historia constitucional tiene también una pequeña historia, no relevante, pero sí personal y, en cierta medida, revisionista. Recojo en él varios estudios y ensayos que tienen su origen, con excepción del último, en unos lejanos cursos de Doctorado en las Facultades de Derecho y de Ciencias Políticas de mi Universidad Complutense madrileña. Algunos de estos trabajos han sido publicados y otros son todavía inéditos, reencontrados en mis papeles de archivo, baúl pessoano que sorprende al sedentario y fraternal Elías Díaz: que un casi nómada, como yo, guarde notas y apuntes. Avatares de la vida, con dedicación también a otros menesteres no académicos (políticos y diplomáticos, que los dioses guarden), me hicieron olvidarlos por obligada necesidad y, así, no continué en estos temas sobre nuestros orígenes del constitucionalismo liberal o preliberal.
Sin embargo, como todas las decisiones autoimpuestas, afortunadamente, son transitorias, con motivo de los fastos conmemorativos del bicentenario de la Constitución de Cádiz (1812- 2012) -que se anuncian con entusiasmo, es decir, celebrar, con justicia histórica, esta ilusionada fecha-, una invitación de mi buen amigo el profesor José Antonio Escudero a participar en una monumental obra colectiva, que él dirige, me llevó al reencuentro con estos viejos y aparcados trabajos.
Todos estos ensayos, aquí reunidos, seleccionados y, algunos revisados, se ciñen a un ámbito temporal concreto: los albores de nuestros primeros pasos y luchas por un Estado de Derecho, por «actuar según ley», en sus versiones liberal o preliberal. Iniciativas que se traducirán en dos códigos políticos: el de Bayona (1808) y el de Cádiz (1812), respondiendo ambos a una paralela situación histórica, que se puede denominar «situación-1808». Divergencias y convergencias, por otra parte, coexistirán. Entre estas últimas, junto a sus plasmaciones codifi cadoras, una fundamental: pretender salir del anacrónico tradicionalismo y avanzar hacia una convivencia de modernización jurídica y social, ideológica y económica.
¿Por qué se frustraron en su desarrollo estas dos Constituciones? La «situación-1808», en la que se mueven sus protagonistas, y la sociedad en que viven, respondían a factores muy encontrados: una invasión francesa y pronto de conquista, y una presencia inglesa en nuestro territorio, convirtiéndonos así en un país doblemente ocupado; un vacío de poder como nunca se había planteado (renuncias borbónicas) y la aparición de una nueva dinastía, también francesa, que, exultante, estaba alterando el viejo orden monárquico europeo (el sistema napoleónico); una guerra civil fratricida entre españoles («patriotas» y «afrancesados»), convertida, a la vez, en guerra ideológica, cruzada religiosa y guerra internacional, conducida esta última por el enfrentamiento de las dos potencias imperialistas de entonces (Francia e Inglaterra); y, en fin, con dos titulares en la Corona española: uno, en su apacible destierro francés, el rey Fernando, para la emergente legalidad liberal gaditana; y, otro, el rey José, de dinastía nueva, expresión de la no menos emergente legalidad de Bayona.